CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS DE VITORIA-GASTEIZ Y LA FUNDACIÓN FERNANDO AMÁRICA PARA LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESPACIOS EXPOSITIVOS DE LA E.A.O.
Pintor: Fernando de Amárica
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En Vitoria-Gasteiz, a 5 de septiembre de 2019.
REUNIDOS
De una parte Dª ELISABETH PALACIOS directora de la Escuela de Artes y Oficios de Vitoria-Gasteiz.
Y de la otra, el representante y presidente de la Fundación Fernando de Amárica D.ANDRES ITURRALDE.
Ambas partes actúan en nombre y representación de las entidades respectivas, reconociéndose mutuamente la capacidad jurídica de obrar necesaria para la celebración del presente Convenio de Colaboración y
MANIFIESTAN
Primero.- Que la Escuela de Artes y Oficios es una Fundación de carácter cultural y sin ánimo de lucro que queda configurada como un Centro de Artes Plásticas no regladas en el que se recogen exclusivamente materias relacionadas con el mundo de la creación plástica, dibujo, pintura, escultura, técnicas gráficas, cerámica, cuero, madera, encuadernación, audiovisuales y fotografía.
Segundo.- Que el aludido bloque de enseñanzas tiene como objetivo acercar a cualquier persona que lo desee, al mundo del arte, de la creación y del disfrute artístico a través del ejercicio de sensibilidad que día a día tiene lugar en sus aulas y espacios expositivos.
Tercero.- Que la Fundación Fernando de Amárica persigue entre sus fines, el desarrollo y promoción de los valores artísticos y está abierta a la colaboración con otras instituciones que fomenten el conocimiento y la práctica artística.
Cuarta.- Que la Fundación Fernando de Amárica, consciente de la necesidad de facilitar y promover entre los miembros de su comunidad las disciplinas artísticas y creativas coincide con los objetivos e intereses de la Fundación y muestra su disposición a colaborar con la Escuela de Artes y Oficios para trabajar en favor de sus miembros y en especial de su alumnado.
Por todo ello, dentro de un espíritu de colaboración entre ambas entidades, las partes acuerdan establecer el presente Convenio Marco de Colaboración, según las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto.
El objeto del presente Convenio de Colaboración es la difusión de disciplinas artísticas, a través de los ciclos expositivos desarrollados por la Escuela de Artes y Oficios.
SEGUNDA.- La Escuela de Artes y Oficios adquiere los compromisos siguientes:
- El diseño y organización de las exposiciones de conformidad a los términos acordados con Fundación Fernando de Amárica.
- La publicación de cartelería, folletos, etc en el que, junto con el de la Escuela, se incluirá el logotipo de la Fundación Fernando de Amárica.
- El nombramiento de una persona como interlocutora entre la Escuela de Artes y Oficios y la Fundación Fernando de Amárica.
TERCERA.- La Fundación Fernando de Amárica adquiere, a su vez, los compromisos siguientes:
- La colaboración con la Escuela de Artes y Oficios a través de una aportación de 3.000€ destinados a desarrollar el programa expositivo 2019-2020.
- El nombramiento de una persona por cada parte de cara a llevar la interlocución entre la Fundación Fernando de Amárica y la Escuela de Artes y Oficios.
CUARTA.- Se crea una Comisión de Seguimiento del Convenio integrada por cuatro miembros, dos en representación de la Fundación Fernando de Amárica y otras dos en representación de la Escuela de Artes y Oficios, y designados por cada una de ellas.
Dicha Comisión se reunirá, como mínimo, dos veces al año de cara a programar y coordinar las actuaciones de cada institución.
QUINTA.- Son causa de resolución para las partes firmantes del presente Convenio, el incumplimiento de las cláusulas contenidas en el mismo o de las condiciones que se aprueben en la Comisión de seguimiento y cualesquiera otras que, derivadas de su naturaleza, sean contempladas por la legislación vigente.
SEXTA.-. El presente Convenio entrará en vigor el día de la firma y mantendrá su vigencia hasta el 30 de junio de 2020, pudiendo ser prorrogado por años sucesivos de no mediar denuncia expresa por cualquiera de las partes notificada a la otra dos meses antes de la finalización del plazo de vigencia. En el supuesto de denuncia por una de las partes, los compromisos adquiridos anteriormente continuarán en vigor hasta la finalización de los mismos.
En prueba de conformidad, las partes intervinientes firman por duplicado el presente Convenio de Colaboración, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.
FUNDACIÓN FERNANDO DE AMÁRICA ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS
D. ANDRÉS ITURRALDE Dª ELISABETH PALACIOS